Cotización errónea

Si un autónomo se equivoca al comunicar datos de cotización a la Seguridad Social de acuerdo con el nuevo régimen, puede rectificarlos.

Cotización errónea

Desde 2023, la cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se debe realizar en función de los rendimientos anuales obtenidos por el trabajador autónomo. Cada autónomo debe elegir una base de cotización comprendida entre la base mínima y la base máxima de su tramo.

Esta decisión debe tomarse en el momento de solicitar el alta en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos. En ese mismo momento, el autónomo debe efectuar una declaración del promedio mensual de los rendimientos económicos netos anuales que prevea obtener.

Sin embargo, puede cambiar hasta seis veces al año la base por la que esté obligado a cotizar, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que le resulten aplicables en cada ejercicio y con las siguientes fechas de efectos:

  • El 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • El 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • El 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • El 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • El 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • El 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Junto con la solicitud de cambio de su base de cotización mensual, los trabajadores autónomos deben efectuar una nueva declaración del promedio mensual de los rendimientos económicos netos anuales.

En caso de que ellos o sus asesores se hayan equivocado en la elección de la base de cotización, siempre tendrán las seis ventanas referidas anteriormente durante el año natural para cambiar la base de cara al futuro. Además, también es posible rectificar los errores con efectos retroactivos, interponiendo un recurso de alzada contra la resolución de reconocimiento de alta o bien solicitándolo a través del servicio de atención CASIA (Coordinación, Atención y Soporte Integral al Autorizado RED).

 

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga respecto al régimen de cotización de autónomos.

 

 



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